¿Qué implica la nuda propiedad?

Cuando hablamos de nuda propiedad, nos referimos a la separación de los derechos de propiedad sobre un bien entre dos aspectos clave: el usufructo y la nuda propiedad.
La nuda propiedad representa los derechos limitados de una persona sobre una vivienda, restringidos en términos de posesión y disfrute, ya que estos aspectos serán exclusivos para quien posea el usufructo del inmueble. Es esencial comprender que la nuda propiedad se refiere a los beneficios que posee una persona sobre un bien cuando es el único propietario.
Macarena Pereira, asesora jurídica de Lemontech, aclara que "la nuda propiedad es una figura legal que implica ser propietario de un bien con ciertas limitaciones. Esto significa que no se tiene el derecho de uso y goce de la propiedad, pero se conserva la capacidad de disponer de ella, ya sea a través de la venta del derecho, bajo las mismas circunstancias que rigen la nuda propiedad".
Es fundamental destacar que aquellos que poseen la nuda propiedad tienen el derecho de realizar mejoras en el inmueble mientras se mantiene el usufructo. Cuando este último concluye, ya sea por el vencimiento del plazo o por fallecimiento, la nuda propiedad se transfiere al propietario nudo, quien puede disponer, usar y disfrutar plenamente del bien.
En términos jurídicos, la propiedad completa de un bien se conoce como "pleno dominio". El artículo 348 del código civil establece que el dominio es "el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes".
En el marco del pleno dominio, encontramos dos conceptos interrelacionados: el usufructo y la nuda propiedad. Macarena Pereira explica: "El usufructo es diferente, ya que otorga el derecho de uso y goce de una propiedad, pero no la disposición de la misma. Es decir, uno puede disfrutar de la propiedad, pero no tiene la capacidad de venderla".
En resumen, los derechos adquiridos, tanto la nuda propiedad como el usufructo, forman parte integral del pleno dominio.
Finalmente, es crucial comprender que al vender una propiedad, se renuncian a todos los derechos asociados al inmueble, aunque existe la posibilidad de vender la nuda propiedad y seguir habitándola. La nuda propiedad desempeña un papel fundamental en estas transacciones, ya que permite la venta de este derecho, mientras se mantiene el usufructo, ya sea con un plazo definido o de forma vitalicia.
La nuda propiedad representa los derechos limitados de una persona sobre una vivienda, restringidos en términos de posesión y disfrute, ya que estos aspectos serán exclusivos para quien posea el usufructo del inmueble. Es esencial comprender que la nuda propiedad se refiere a los beneficios que posee una persona sobre un bien cuando es el único propietario.
Macarena Pereira, asesora jurídica de Lemontech, aclara que "la nuda propiedad es una figura legal que implica ser propietario de un bien con ciertas limitaciones. Esto significa que no se tiene el derecho de uso y goce de la propiedad, pero se conserva la capacidad de disponer de ella, ya sea a través de la venta del derecho, bajo las mismas circunstancias que rigen la nuda propiedad".
Es fundamental destacar que aquellos que poseen la nuda propiedad tienen el derecho de realizar mejoras en el inmueble mientras se mantiene el usufructo. Cuando este último concluye, ya sea por el vencimiento del plazo o por fallecimiento, la nuda propiedad se transfiere al propietario nudo, quien puede disponer, usar y disfrutar plenamente del bien.
En términos jurídicos, la propiedad completa de un bien se conoce como "pleno dominio". El artículo 348 del código civil establece que el dominio es "el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes".
En el marco del pleno dominio, encontramos dos conceptos interrelacionados: el usufructo y la nuda propiedad. Macarena Pereira explica: "El usufructo es diferente, ya que otorga el derecho de uso y goce de una propiedad, pero no la disposición de la misma. Es decir, uno puede disfrutar de la propiedad, pero no tiene la capacidad de venderla".
En resumen, los derechos adquiridos, tanto la nuda propiedad como el usufructo, forman parte integral del pleno dominio.
Finalmente, es crucial comprender que al vender una propiedad, se renuncian a todos los derechos asociados al inmueble, aunque existe la posibilidad de vender la nuda propiedad y seguir habitándola. La nuda propiedad desempeña un papel fundamental en estas transacciones, ya que permite la venta de este derecho, mientras se mantiene el usufructo, ya sea con un plazo definido o de forma vitalicia.
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